TODA SOLICITUD ARBITRAL, PETICION DE JPRD U OTRO ESCRITO VINCULADO A PROCESOS INICIADOS DESDE EL 01 DE ENERO DEL 2026 DEBE SER INGRESADA DESDE NUESTRO SISTEMA DE MESA DE PARTES. TODA SOLICITUD ARBITRAL, PETICION DE JPRD U OTRO ESCRITO VINCULADO A PROCESOS INICIADOS DESDE EL 01 DE ENERO DEL 2026 DEBE SER INGRESADA DESDE NUESTRO SISTEMA DE MESA DE PARTES
En SEARPAX facilitamos procesos de conciliación para que las partes alcancen acuerdos rápidos, válidos y ejecutables, evitando el desgaste de un juicio. Nuestro Centro de Conciliación acompaña cada etapa: recepción de la solicitud, citación, audiencia y redacción del acta, con un enfoque confidencial, imparcial y orientado a resultados.
La conciliación es un mecanismo de solución de conflictos en el que un conciliador neutral ayuda a las partes a comunicarse, ordenar intereses y construir acuerdos realistas. Conviene cuando se busca una solución más rápida, con menor costo y con mayor control del resultado, especialmente en conflictos donde existe la posibilidad de diálogo.
Si deseas iniciar un proceso de conciliación, contáctanos para una orientación inicial. Te indicaremos los pasos, la documentación recomendada y los formatos aplicables para tu caso.
El proceso sigue cuatro etapas claras, diseñadas para que las partes lleguen a un acuerdo en el menor tiempo posible:
Nuestro Centro de Conciliación está autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú y atiende controversias en las siguientes materias:
La conciliación extrajudicial es obligatoria como requisito de procedibilidad en materias civiles y de familia antes de acudir al Poder Judicial, conforme al artículo 6 de la Ley N° 26872.
A diferencia de centros de conciliación de uso general, SEARPAX tiene una especialización única en disputas contractuales, de obras e infraestructura. Esto significa que nuestros conciliadores no solo dominan la técnica conciliatoria, sino también el lenguaje técnico y jurídico de los contratos comerciales y de contratación pública.
Adicionalmente, al pertenecer al mismo centro institucional que administra arbitrajes, SEARPAX puede ofrecer una visión estratégica completa: si la conciliación no prospera, el mismo equipo conoce el caso y puede orientarte sobre los pasos a seguir en un proceso arbitral, evitando la duplicación de esfuerzos y costos.
Nuestras certificaciones ISO 9001:2015 (Gestión de Calidad) e ISO 37001:2016 (Gestión Antisoborno) garantizan que cada proceso se administra con los más altos estándares de transparencia e imparcialidad.


Es una institución autorizada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú que facilita la resolución de conflictos a través del diálogo y la mediación, sin necesidad de acudir al Poder Judicial.
Atendemos conflictos en materia civil, comercial, contractual, vecinal y de servicios, así como controversias previas a un proceso arbitral o judicial.
La conciliación permite resolver disputas de manera más rápida, económica y confidencial, promoviendo acuerdos voluntarios que tienen valor legal y fuerza ejecutiva.
Sí. Nuestros conciliadores están debidamente acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú, garantizando la validez y formalidad del proceso.
En promedio, un proceso de conciliación en SEARPAX se resuelve en 2 a 4 semanas desde la presentación de la solicitud, incluyendo citación y audiencia. En comparación, un proceso judicial equivalente puede extenderse entre 2 y 5 años.
Sí. El Acta de Conciliación suscrita ante un centro autorizado por el MINJUS tiene mérito ejecutivo, equivalente a una sentencia judicial firme. Puede ejecutarse directamente ante el Poder Judicial si una de las partes incumple el acuerdo.
Si el invitado no asiste a dos citaciones consecutivas, se emite un Acta de Inasistencia, que en materias donde la conciliación es un requisito previo, habilita a la parte solicitante a presentar su demanda ante el Poder Judicial o iniciar el proceso arbitral.

Se informa que, “SEARPAX” es una marca registrada a favor del Centro de arbitraje Sánchez Abogados S.A.C., conforme al Certificado N° S00150143 expedido por la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI.
Por tanto, el Centro de Arbitraje y Solución de Controversias SEARPAX y el Centro de Arbitraje Sánchez Abogado S.A.C. son una sola institución, siendo la primera su nombre comercial y la segunda su razón social.

Liderará el arbitraje y la administración de JPRD.
